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  • Si donas hasta 150 € en el año desgravas el 80%.
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Es decir, cuando hagas la declaración de la renta te devolverán 120 € por haber donado 150 € a una entidad benéfica acogida a la Ley 49/2002, o pagarás 120 € menos, si tu declaración te sale a pagar. Al resto de lo donado que supera los 150 € se le aplica una deducción del 35%.

Si has donado a la misma entidad en los dos años anteriores y el importe del donativo es igual o superior a lo donado en años anteriores (donativos recurrentes), el porcentaje que se aplica al exceso de los 150 € será del 40%.

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Según la ley, cada año debemos declarar a la agencia tributaria qué personas han hecho los donativos y su cuantía. Por esta razón, necesitamos que nos facilites los datos fiscales para que podamos expedir un certificado con el que justificar el importe de los donativos realizados.